Y si se hallan de viaje y no encuentran quién ponga la deuda por escrito, que (quien contrae la deuda) entregue algo en garantía (hasta que la deuda quede saldada). Y si hay confianza entre ustedes, que el deudor se comprometa a devolverla (sin la necesidad de ponerla por escrito o de la presencia de testigos y sin dar algo en garantía), y que tema a Al-lah, su Señor. Y que los testigos no oculten su testimonio (si son requeridos). Y quien lo haga, tendrá un corazón pecador. Y Al-lah sabe lo que hacen.